Además, en cuanto a días no laborales, tienes derecho a que se paguen los siguientes:
1 de Enero No Laboral |
Día de la Constitución (5 de febrero)
Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
Día del Trabajo (1 de mayo)
Día de la Independencia (16 de septiembre)
Día de la Revolución (20 de noviembre)
Día de la Toma de Posesión del Presidente de la República (1 de diciembre de cada seis años)
Navidad (25 de diciembre)